jueves, 5 de diciembre de 2013

LINK PROTECCIÓN VERSUS ACCESIBILIDAD DE LA INFORMACIÓN DIGITAL



·         PROTECCIÓN VERSUS ACCESIBILIDAD DE LA INFORMACIÓN  DIGITAL.

Dentro de unos años en todas las unidades de información se tendrá un conocimiento muy detallado sobre el funcionamiento de unos dispositivos que facilitan o niegan el acceso a los contenidos electrónicos, de modo que, según unas categorías predeterminadas, estos dispositivos permiten al usuario la utilización de ese conocimiento para unos casos o se lo impiden en otros. Estas herramientas, que se presentan en forma de hardware o software, se denominan sistemas de Gestión de Derechos Digitales, aunque son más conocidas por sus iniciales inglesas DRM (por Digital Right Management).

DOMINIO PÚBLICO
Dominio Público y Propiedad Intelectual  “Promover el acceso igualitario a la información y al  conocimiento, sobre todo respecto al dominio público”  es una de las misiones principales del Sector de  Información y Comunicación de la UNESCO.
¿ Qué es el dominio público? ¿Este  término hace referencia a la  propiedad de bienes públicos  destinados a que la comunidad los  utilicen y que no pueden ser adquiridos  por un actor privado? ¿O la noción de  dominio público nos remite a la noción  definida por la legislación sobre la  propiedad intelectual, más exactamente  a la legislación sobre el derecho de  autor, de condiciones según las cuales  una obra deja de producir ciertos  derechos de explotación al autor tras  un lapso de tiempo  estipulado por ley y pasa  a poder ser explotada por  quien quiera  gratuitamente? ¿Se habla  informalmente de  “dominio público” para  referirse a informaciones  de las que podemos  disponer, sin entrar en  consideraciones jurídicas  complejas para saber si
son objeto o no de  derecho de autor? Evidentemente es  imposible responder a estas preguntas.  La propia noción de dominio público  evoluciona a medida que aparecen  nuevas formas de expresión y nuevos  modelos empresariales. La definición  más reciente a escala internacional  figura en la Recomendación sobre la  promoción y el uso del  multilingüismo y el acceso universal  al ciberespacio (2003) de la UNESCO.

El dominio público es la información que está libre de barreras para el acceso o la reutilización, barreras que usualmente se asocian con la protección del derecho de autor, porque está libre ya de cualquier protección o porque el titular del derecho ha decidido removerlas. Es la materia prima de la que se deriva el nuevo conocimiento y de la que se crean las nuevas obras (traducción propia de un fragmento del ”Manifiesto por el Dominio Público” http://publicdomainmanifesto.org
PRIVACIDAD VS. PROTECCIÓN
a regulación de la privacidad y protección de datos personales ha sido abordada a nivel mundial en forma muy particular por cada país ello se debe, en gran medida, a los intereses económicos y políticos, además de que responde a las estrategias comerciales particulares de cada lugar. Actualmente, el continente europeo es la zona con mayor regulación en cuanto a protección de datos personales se refiere y al flujo transfronterizo de éstos, situación que inhibe en forma considerable sus relaciones comerciales con países como Estados Unidos, Canadá y otras naciones asiáticas. (www.enterate.unam.mx)
La protección de datos personales. Protege tu identidad
Los datos personales son una información que nos identifica o que nos puede hacer identificables. tu nombre y apellidos, tu dni, tu fotografía, tu dirección, tu teléfono, tu voz, etc. tus datos personales lo dicen todo de ti: quién eres, dónde vives, qué haces, qué te gust.
Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos de carácter personal. es decir, tiene derecho a decidir sobre quién tiene datos personales suyos y a saber para quélos usa una organización.
REGLAMENTACIÓN EN COLOMBIA
LEY ESTATUTARIA 1581 DE 2012  (Octubre 17)
Reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 1377 de 2013.
Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA: TÍTULO I      OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES


Los datos personales son necesarios para un correcto funcionamiento del mercado. La legislación existente en materia de protección de datos personales se considera como un régimen que protege la información personal del consumidor y establece unas reglas para quienes  administran la información, que vendría siendo todas las empresas o entidades del sector público y privado.

Sin embargo, la legislación en materia de protección de datos personales en Colombia, es relativamente nueva. En ese sentido, nos encontramos con la ley 1266 de 2008, que regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, comercial, de servicios y la proveniente de otros países.

Esta ley tiene varios decretos reglamentarios, como es el Decreto 2952 de 2010, y el Decreto 1727 de 2009. Por otro lado, se encuentra la ley 1581 de 2012, la cual dicta disposiciones generales para la protección de datos personales, y se encuentra reglamentada a través del  Decreto número 1317 de 2013.



el régimen de transición, de seis meses, establecido por el Gobierno Nacional  para que las autoridades pudieran dar a conocer el nuevo marco legal antes de imponer sanciones se venció el pasado 17 de abril.

Por consiguiente, a partir de la fecha las autoridades pueden imponer las sanciones correspondientes a personas e instituciones tanto públicas como privadas que vulneren la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos personales de terceros.

WILSON ANDRES CUERVO

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