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PROTECCIÓN VERSUS
ACCESIBILIDAD DE LA INFORMACIÓN DIGITAL.
Dentro de unos años en todas las
unidades de información se tendrá un conocimiento muy detallado sobre el
funcionamiento de unos dispositivos que facilitan o niegan el acceso a los
contenidos electrónicos, de modo que, según unas categorías predeterminadas,
estos dispositivos permiten al usuario la utilización de ese conocimiento para
unos casos o se lo impiden en otros. Estas herramientas, que se presentan en
forma de hardware o software, se denominan sistemas de Gestión de Derechos
Digitales, aunque son más conocidas por sus iniciales inglesas DRM (por Digital
Right Management).
DOMINIO
PÚBLICO
Dominio Público y Propiedad
Intelectual “Promover el acceso igualitario
a la información y al conocimiento, sobre
todo respecto al dominio público” es una
de las misiones principales del Sector de
Información y Comunicación de la UNESCO.
¿ Qué es el dominio público?
¿Este término hace referencia a la propiedad de bienes públicos destinados a que la comunidad los utilicen y que no pueden ser adquiridos por un actor privado? ¿O la noción de dominio público nos remite a la noción definida por la legislación sobre la propiedad intelectual, más exactamente a la legislación sobre el derecho de autor, de condiciones según las cuales una obra deja de producir ciertos derechos de explotación al autor tras un lapso de tiempo estipulado por ley y pasa a poder ser explotada por quien quiera
gratuitamente? ¿Se habla
informalmente de “dominio
público” para referirse a informaciones de las que podemos disponer, sin entrar en consideraciones jurídicas complejas para saber si
son objeto o no de derecho de autor? Evidentemente es imposible responder a estas preguntas. La propia noción de dominio público evoluciona a medida que aparecen nuevas formas de expresión y nuevos modelos empresariales. La definición más reciente a escala internacional figura en la Recomendación sobre la promoción y el uso del multilingüismo y el acceso universal al ciberespacio (2003) de la UNESCO.
El dominio público es la información que
está libre de barreras para el acceso o la reutilización, barreras que
usualmente se asocian con la protección del derecho de autor, porque está libre
ya de cualquier protección o porque el titular del derecho ha decidido
removerlas. Es la materia prima de la que se deriva el nuevo conocimiento y de
la que se crean las nuevas obras (traducción propia de un fragmento del
”Manifiesto por el Dominio Público” http://publicdomainmanifesto.org
PRIVACIDAD
VS. PROTECCIÓN
a regulación de la privacidad y protección de datos
personales ha sido abordada a nivel mundial en forma muy particular por cada
país ello se debe, en gran medida, a los intereses económicos y políticos,
además de que responde a las estrategias comerciales particulares de cada
lugar. Actualmente, el continente europeo es la zona con mayor regulación en
cuanto a protección de datos personales se refiere y al flujo transfronterizo
de éstos, situación que inhibe en forma considerable sus relaciones comerciales
con países como Estados Unidos, Canadá y otras naciones asiáticas. (www.enterate.unam.mx)
La
protección de datos personales. Protege tu identidad
Los
datos personales son una información que nos identifica o que nos puede hacer
identificables. tu nombre y apellidos, tu dni, tu fotografía, tu dirección, tu
teléfono, tu voz, etc. tus datos personales lo dicen todo de ti: quién eres,
dónde vives, qué haces, qué te gust.
Toda
persona tiene derecho a la protección de sus datos de carácter personal. es
decir, tiene derecho a decidir sobre quién tiene datos personales suyos y a
saber para quélos usa una organización.
REGLAMENTACIÓN
EN COLOMBIA
LEY ESTATUTARIA 1581 DE 2012 (Octubre 17)
Reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 1377
de 2013.
Por la cual se dictan disposiciones generales para la
protección de datos personales.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA: TÍTULO I
OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
Los datos personales son necesarios para un correcto
funcionamiento del mercado. La legislación existente en materia de protección
de datos personales se considera como un régimen que protege la información
personal del consumidor y establece unas reglas para quienes administran la información, que vendría
siendo todas las empresas o entidades del sector público y privado.
Sin embargo, la legislación en materia de protección
de datos personales en Colombia, es relativamente nueva. En ese sentido, nos
encontramos con la ley 1266 de 2008, que regula el manejo de la información
contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, comercial,
de servicios y la proveniente de otros países.
Esta ley tiene varios decretos reglamentarios, como es
el Decreto 2952 de 2010, y el Decreto 1727 de 2009. Por otro lado, se encuentra
la ley 1581 de 2012, la cual dicta disposiciones generales para la protección
de datos personales, y se encuentra reglamentada a través del Decreto número 1317 de 2013.
el régimen de transición, de seis
meses, establecido por el Gobierno Nacional
para que las autoridades pudieran dar a conocer el nuevo marco legal
antes de imponer sanciones se venció el pasado 17 de abril.
Por consiguiente, a partir de la
fecha las autoridades pueden imponer las sanciones correspondientes a personas
e instituciones tanto públicas como privadas que vulneren la confidencialidad,
integridad y disponibilidad de los datos personales de terceros.
WILSON ANDRES CUERVO
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